Ahora el certificado de manipulación de alimentos tiene un vencimiento a los 3 años desde su emisión

El Grupo Técnico de la Comisión Nacional de Alimentos (CONAL), ha modificado el Artículo 21° del Código Alimentario Argentino mediante la Resolución Conjunta N°12/2019 de la Secretaría de Regulación y Gestión Sanitaria y la Secretaría de Alimentos y Bioeconomía.

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El Grupo Técnico de la Comisión Nacional de Alimentos (CONAL), ha modificado el Artículo 21° del Código Alimentario Argentino mediante la Resolución Conjunta N°12/2019 de la Secretaría de Regulación y Gestión Sanitaria y la Secretaría de Alimentos y Bioeconomía.

Este nuevo artículo 21 del Código Alimentario Argentina (C.A.A.) establece que toda persona que realice actividades por las cuales esté o pudiera estar en contacto con alimentos o sus materias primas, en establecimientos donde se elaboren, fraccionen, almacenen, transporten, comercialicen y/o enajenen, deberán poseer un «Carnet de Manipulador de Alimentos».

El carnet tiene validez en todo el territorio de la República Argentina y como parte de las modificaciones, ahora tiene vigencia por tres (3) años desde su emisión. Informate más, haciendo clic aquí.

Este carnet será otorgado por la autoridades sanitarias de cada jurisdicción, y el único requisito para obtenerlo es cursar y aprobar un Curso de Manipulación Segura de Alimentos, dictado por capacitadores reconocidos por las autoridades con una carga horaria mínima de 7 horas, presencial o virtual, y la evaluación final obligatoria.

El curso y el trámite de certificación es gratuito en el Partido de La Costa.

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