Diario Compromiso: Luna y Cammaratta deberán cumplir en la cárcel lo que les resta de la condena

El primero fue detenido el miércoles en Gral. Madariaga, y al segundo se lo detuvo ayer, quedando ambos alojados en la Unidad Penal 6 de Dolores. La orden la emitió la Cámara Penal de Dolores al quedar firme el cómputo de pena**

En una resolución dictada por la Cámara Penal de Dolores el pasado miércoles, se dispuso hacer efectiva la inmediata detención de Sergio Rubén Cammaratta y Aníbal Norberto Luna, los dos ex policías condenados por el asesinato de José Luis Cabezas, ello en razón de haber quedado firme el cómputo de pena y que determina que para acceder a la libertad condicional, les restaría aún unos cinco años de cárcel para estar en condiciones de pedir la libertad condicional.

Tras esa resolución el mismo miércoles Luna fue detenido en su domicilio de Gral. Madariaga, mientras que Cammaratta no pudo ser hallado en el suyo en Valeria del Mar, y ayer la policía procuraba dar con su paradero, ya que tanto de fuentes no oficiales, trascendió la posibilidad de que éste condenado no se encontrara en nuestra provincia, ya que podría haber viajado a la de Santa Fe. Pero finalmente por la tarde Cammaratta fue detenido y alojado en la Unidad 6 de nuestra ciudad.

Es de recordar sobre estos ex policías, que la Cámara Penal de Dolores en febrero de 2000 y en el marco del juicio oral donde se juzgó a los responsables del crimen del fotógrafo, los había condenado a “reclusión perpetua” como partícipes primarios del delito de «sustracción de persona agravada por la muerte de la víctima en concurso real por el homicidio simple por dolo eventual”, con el agravante de que cuando se cometió el mismo eran funcionarios policiales.

El fallo que condenó a los acusados por el crimen de Cabezas tuvo infinidad de apelaciones, de idas y vueltas, hasta que la Suprema Corte de la  provincia confirmó la sentencia y las penas impuestas por la Cámara Penal de Dolores.

Otro tanto ocurrió con el caso del cómputo de pena de estos dos ex policías, ya que el Tribunal de Casación modificó el efectuado por la Cámara de Dolores, habiendo logrado ambos condenados su excarcelación en el año 2006.

Pero recientemente, la Suprema Corte de Justicia bonaerense, por mayoría y receptando un recurso extraordinario planteado por el Ministerio Público Fiscal contra el cómputo de pena establecido por la Sala I del Tribunal de Casación Penal, restableció los cómputos establecidos por la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de Dolores.

Además poco después, el Alto Tribunal provincial rechazó por inadmisible un recurso extraordinario federal planteado por la defensa de ambos condenados.

Notificada que fue la Cámara Penal de Dolores de estas resoluciones, en particular la que consideró válidos los cómputos de pena realizados en diciembre de 2010 por éste Tribunal, y que establecían trece años y meses los cumplidos de la pena impuesta por parte de Cammaratta y Luna, faltándoles a la fecha alrededor de cinco años para poder acceder a la libertad condicional, se dispuso la inmediata detención de los mismos y que fueran alojados en la Unidad Penal 6 de Dolores.

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