Gils Carbó avaló la cautelar que frena el tarifazo de luz en Buenos Aires

La Procuradora General de la Nación, Alejandra Gils Carbó, consideró que la falta de audiencia pública restringió los derechos constitucionales de información, consulta y participación de los usuarios y consumidores y dictaminó a favor de  confirmar la sentencia que suspendió los aumentos en las tarifas de luz para la provincia de Buenos Aires. La Corte Suprema ya tiene el dictamen, aunque no es vinculante, y podría emitir su fallo hoy.

El dictamen hizo hincapié en el carácter provisorio de la medida, cuyo plazo se limita a tres meses desde el otorgamiento, y en las presentaciones realizadas por otros actores en la causa y en distintos expedientes referidos al mismo tema. Así, Gils Carbó se manifestó a favor de confirmar el fallo de la Sala II de la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata que, tras revocar la sentencia de primera instancia, había hecho lugar a la medida cautelar que suspendió las resoluciones 6/2016 y 7/2016 del Ministerio de Energía y Minería de la Nación y la resolución 1/2016 del Ente Nacional Regulador de la Electricidad para el ámbito geográfico de la provincia de Buenos Aires.

La medida la había solicitado un grupo de diputados provinciales por medio de una acción de amparo con la que buscaban declarar la nulidad de las resoluciones mencionadas. Luego, el Defensor del Pueblo de la provincia de Buenos Aires, el Presidente, Vicepresidente y apoderado del Partido Justicialista de esa provincia y el Presidente del Club Social y Deportivo 12 de Octubre se presentaron como terceros y adhirieron a la demanda.

Según informó el Ministerio Público Fiscal desde su sitio web, a diferencia de lo formulado por la Cámara platense, Gils Carbó entendió que no puede otorgarse alcance colectivo a la medida sobre la legitimación del Defensor del Pueblo de la Provincia de Buenos Aires. No obstante, para la Procuradora General, el Club Social y Deportivo 12 de Octubre acreditó su carácter de afectado, lo cual “le otorga, prima facie, legitimación para peticionar una protección provisoria”. En el dictamen, señaló: “Entiendo que corresponde mantener los efectos colectivos otorgados por el tribunal a quo a la medida cautelar, dado que lo que se encuentra en juego es la tutela cautelar del acceso de los usuarios y consumidores al servicio básico de electricidad y, en definitiva, a derechos fundamentales”.

Fuente Política Argentina

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